Según Wikipedia, la Isla
Saona es la más grande de las islas adyacentes a la República Dominicana. Pertenece a la provincia La Altagracia y es parte del Parque Nacional del Este.
La isla también es de gran atractivo turístico por sus hermosas play as y
bellezas naturales.
Posee dos asentamientos humanos permanentes, los
poblados de Mano Juan y Catuano. Mano Juan es un pueblo de pescadores con casas
de madera y Catuano es una playa, la cual tiene un destacamento de la Marina de Guerra.
Allí, en Playa Catuano,
según reseña la prensa nacional este sábado 18 de febrero, el Comando Sur de los Estados
Unidos construirá una estación naval y un muelle con el objetivo de contribuir
al fortalecimiento de la vigilancia marítima en la Zona Este del país. Léase,
una base militar para atajar el narcotráfico y los viajes ilegales. El costo de
la obra será de 1.5 millones de dólares. Unos 60 millones de pesos dominicanos.
Ahora
bien. ¿Le corresponde al Comando Sur de los Estados Unidos diseñar
y ejecutar estrategias y logísticas destinadas a combatir el crimen organizado en territorio
ajeno, además de construir una estación naval también destinada para tales fines?
¿Y
qué pasaría si el Estado Dominicano decide colaborar con el norteamericano y
aporta dinero para construir una estación
fronteriza entre Estados Unidos y México para combatir la inmigración ilegal y
el narcotráfico? ¿Qué pasaría en esa gran nación?
Pero sigamos describiendo la
historia y las riquezas, además del valor
estratégico de la Isla Saona.
Historia.
Adamanay fue el nombre dado a esta isla adyacente al Parque Nacional del Este
por los indígenas taínos. Cristóbal Colón pisó el suelo de la isla por primera
vez el 14 de septiembre del 1494 durante su segundo viaje, y la nombró Bella
Savonesa en honor al savonés Miguel da Cuneo (Miguel da Cunio), quien advirtió
que se trataba de una isla independiente de la entonces ya nombrada La
Española.
En esta isla se
encuentra la famosa Cueva de Cotubanamá, nombrada en memoria del cacique taíno
a principios del siglo ХVI, quien huyendo de las matanzas de Nicolás de Ovando,
decidió sin mucho éxito buscar refugio en la isla, siendo luego capturado y ejecutado.
Geografía.
La superficie de la isla es de 110 km². Cuenta con preciosos arrecifes
coralinos, lagunas costeras, una gran diversidad de aves y especies de
reptiles, y tiene también interesantes yacimientos arqueológicos y cuevas que
eran utilizadas por los taínos.
Flora.
La isla contiene un alto porcentaje de especies endémicas y riqueza florística.
De las 539 especies reportadas en el Parque Nacional del Este, la mayoría se
encuentra en este lugar. En la zona aparecen varias asociaciones de especies
vegetales, las cuales integran diferentes ecosistemas, entre los que se pueden
distinguir los bosques semi-húmedos, matorrales, y los manglares o bosques
salados, que se componen de cuatro especies neo tropicales: mangle negro, rojo,
blanco y botón.
Fauna. En la Saona
también se han identificado especies de tortugas marinas incluyendo caguama,
carey, tortuga verde y tinglar. Entre las aves se pueden apreciar gaviotas
playeras, zancudas, la paloma coronita, y la cotorra verde, la cual está en
peligro de extinción. Otros fascinantes animales como la iguana rinoceronte, el
manatí, el delfín y el murciélago pescador son también parte de los habitantes
de la isla.
Se han reportado 40
especies de peces, 10 de corales, y 124 de moluscos, calificando la zona como
una de las más importantes reservas ecológicas del país.
Su población es de aproximadamente
500 habitantes con apenas 67 casas de familias que viven fundamentalmente de
una variada pesca.
Solo dos artículos de la
Constitución Dominicana que resaltan la trascendencia de los conceptos de Soberanía y Áreas Protegidas.
Artículo 3.- Inviolabilidad de la soberanía y
principio de no intervención. La Soberanía de la
Nación dominicana, Estado libre e independiente de todo poder extranjero, es
inviolable. Ninguno de los poderes públicos organizados por la presente Constitución
puede realizar o permitir la realización de actos que constituyan una
intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la República
Dominicana o una injerencia que atente contra la personalidad e integridad del
Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran en esta Constitución.
El principio de la no intervención constituye una norma invariable de la
política internacional dominicana.
Artículo 16.- Áreas protegidas. La vida
silvestre, las unidades de conservación que Conforman el
Sistema Nacional de Áreas Protegidas y los ecosistemas y especies que contiene,
constituyen bienes patrimoniales de la Nación y son inalienables, inembargables
e imprescriptibles. Los límites de las áreas protegidas sólo pueden ser
reducidos por ley cola aprobación de las dos terceras partes de los votos de
los miembros de las cámaras del Congreso Nacional.
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